¿ Que es el seguro de Vida?
El seguro de vida es aquel que el empleador debe adquirir obligatoriamente a favor de sus trabajadores, anteriormente los trabajadores debían cumplir 4 años de servicio continuo o interrumpido con su empleador para ser beneficiarios de este seguro, a partir del 30 de diciembre del 2019 esta condición se modifico y paso a ser obligatoria desde el inicio de la relación laboral.
¿ Cuales son las Indemnizaciones?
- Por Muerte Natural: 16 remuneraciones asegurables que serán abonadas a los beneficiarios que el trabajador hubiese inscrito.
- Por Muerte Accidental: 32 remuneraciones asegurables percibidas en la fecha del fallecimiento.
- Por Invalidez total y permanente originada por accidente: 32 Remuneraciones asegurables que serán abonadas al trabajador.
¿ Qué es la Remuneración Asegurable?
Se considera remuneración asegurable a la que figura en planillas y boletas de pago del trabajador, la misma que debe ser percibida habitualmente aún cuando sus montos puedan variar.
¿ Quienes son los beneficiarios?
- Conyuge o conviviente y descendientes
- Si no los tuvieran corresponderán a los padres y hermanos menores de 18 años.
¿ Quienes deben cumplir con este seguro?
Según el Articulo 2 del Decreto Supremo 009-2020-TR:
Tienen derecho al seguro de vida:
a) Los trabajadores del sector privado, independientemente del régimen laboral y modalidad contractual al que se sujeten; y,
b) Los trabajadores de entidades y empresas del sector público sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Fomento del Empleo.
Esto incluye al régimen MYPE y a todos los regímenes especiales.